NEGOCIACIÓN DE FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MiPyMEs
Autor: Erica S. Geringer Zapico
Fecha: 29/07/2019
En nuestro país el mercado de capitales ofrece múltiples instrumentos de financiación que las empresas pueden utilizar de manera alternativa al financiamiento bancario, y ello puede resultar muy beneficioso no solamente para las grandes empresas sino especialmente para las PYMES, las que cuentan con mecanismos especialmente pensado para ellas, a fin de que cuenten con alternativas de financiamiento en función de sus necesidades.
Entre estas alternativas se encuentran desde hace algún tiempo el descuento de cheques de pago diferido y de pagarés, la colocación de obligaciones negociables bajo la modalidad garantizada (avalada) o dentro del Régimen PyME-CNV, y la colocación de acciones bajo un régimen simplificado. Recientemente se ha incorporado otro instrumento especialmente pensado para las PYMEs: el descuento de facturas de crédito electrónicas conforme Ley de Financiamiento Productivo Nº 27.440.[1]
Si bien la ley Nº27.440 se sancionó a mediados del año 2008, recién en el corriente mes se operó por primera vez con este mecanismo. Se trató de un documento emitido por la firma DPMG S.A., una PYME dedicada a la venta mayorista de repuestos de refrigeración y aire acondicionado por servicios prestados a la empresa Newsan S.A., y se espera que le sigan otros tantos.
En este sentido, el comienzo de la negociación de este tipo de instrumentos en nuestro mercado es un buen indicio, puesto que la implementación de esta herramienta para las PYMEs puede derivar en una enorme posibilidad de crecimiento.
[1] http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/310084/norma.htm