Licencia Excepcional para trabajadores que regresen de zonas con Coronavirus
Fecha: 13/03/2020
Norma: Resolución Nº 184/2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
El día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 184/2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la que complementa y aclara la reciente Resolución Nº 178/2020 que establece una licencia de carácter excepcional para los trabajadores, tanto del ámbito público como privado, que regresen al país desde el exterior, y en forma voluntaria permanezcan en sus hogares.
En este sentido, la nueva resolución aclara que la Resolución Nº 178/2020 alcanza a todos los casos en que, por cumplimiento de las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, de otras autoridades jurisdiccionales competentes o por recomendación médica en casos concretos, el trabajador deba permanecer o permanezca por aceptación voluntaria de la recomendación, aislado o en cuarentena. A su vez, se incluye también a quienes presten servicios de forma continua bajo figuras no dependientes como las locaciones de servicios reguladas por el Decreto N° 1109/2017 (régimen de contrataciones- sector público), aquellas que se desarrollen en forma análoga dentro del sector privado, becarios, pasantes, y residentes médicos. En caso de pluriempleo o múltiples receptores de servicios, la licencia alcanzará a los distintos contratos. Finalmente, la norma dispone que, en el supuesto de aislamiento voluntario, el trabajador o prestador de servicios es quien deberá hacer la comunicación y acreditar que se encuentra comprendido dentro de las recomendaciones respectivas.
Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/226676/20200313