EMERGENCIA OCUPACIONAL
Fecha: 13/12/2019
El día de la fecha se publicó en el B.O. en un suplemento especial el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/2019 mediante el cual se ha declarado la emergencia pública en materia ocupacional por el plazo de 180 días a contar desde la publicación en el B.O. Durante este lapso, en caso de producirse un despido sin causa, el trabajador desvinculado tendrá derecho a percibir una doble indemnización (esta duplicación en la indemnización incluye a todos los rubros indemnizatorios que se originen con el despido sin causa). Sin perjuicio de lo expuesto, la presente norma no resultará de aplicación para las personas contratadas con posterioridad a la entrada en vigencia del decreto.
A continuación se incluye el acceso al texto completo de la norma: https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2019121301S.pdf