CONTRIBUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Fecha: 01/11/2019
Se publicó en el B.O. la Resolución General de AFIP Nº 4625/2019 que extendió el plazo previsto en la Resolución General Nº 4603/2019. En este sentido, se extiende la fecha límite hasta el 31 de diciembre de 2019 para efectuar la solicitud de afectación del saldo de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social para aquellos contribuyentes que registren la condición de Micro o Pequeñas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/220461/20191101