ACORDADA Nº 41
Fecha: 30/12/2019
El día de la fecha se publicó en el B.O. la Acordada Nº 41 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la cual se ha modificado el importe previsto por el artículo 242 del Código Civil y Comercial de la Nación. En este sentido, a partir del 01/01/2020 “serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000).
Acceso al texto completo de la norma: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/224238/20191230